El blanqueo de capitales Como uno de los delitos más conocidos en existencia, el blanqueo de capitales es uno de los casos de mayor corrupción existentes en España, sin embargo, ¿Conoces correctamente sobre el tema? Si la respuesta es no, en Abogados Rubio Portero, te explicamos un poco.

De inicio, el blanqueo de capitales es bastante frecuente a día de hoy, puede conocerse también como lavado de dinero y es un procedimiento que está fuertemente penado por la ley. Para conocer más sobre esto, hablemos directamente de los términos.

¿Qué es el blanqueo de capitales?

blanqueos de capitales

El lavado de dinero resulta en un proceso ilegal que busca esconder el origen y procedencia de fondos, casi siempre relacionados con actividades criminales como el contrabando, fraude fiscal, tráfico de drogas, entre otros.

Quienes cometen el delito de blanqueo de capitales no declaran el dinero depositado y de ello, la intención es evadir los impuestos filtrando ingresos que se verán opacos en hacienda pública. La mayoría del dinero tratado por blanqueo de capitales pasa a bancos considerados paraísos fiscales, que no pueden ser rastreados ni intervenidos por entes gubernamentales en la búsqueda de pruebas.

¿Qué dice la ley sobre el blanqueo de capitales?

El código penal habla de manera muy clara sobre todo lo referente al blanqueo de capitales. En la manera más inmediata, el Código lo define como:

  • El encubrimiento del verdadero origen de bienes de procedencia ilícita
  • Adquisición o conversión de bienes que son bien sabidos como procedente de algún delito muy grave
  • La realización de actos que tienen como finalidad específica y directa el encubrimiento del origen de un dinero.

Dependiendo del tipo de delito de lavado de dinero que se haya ocurrido, una persona podría pagar condena de entre 6 meses y 6 años de cárcel, sin excluir multas que muy seguramente valdrán el triple de los bienes blanqueados ya notificados.

Adicional a lo anterior, la penalización continuara con la incapacitación de profesión de una persona por un tiempo de hasta 36 meses, pero al clausula no estimara un tiempo mayor a los 5 años.

Si el acto de blanqueo se ve identificado en un delito de base dolorosa como bien pueden ser la venta de estupefacientes o el tráfico de drogas, se podría dar pie a una circunstancia que agraven aún más la condena de la persona, todo esto cuando sus delitos tengan como origen de procedencia, algunos delitos recogidos en los capítulos V, VI, VII, VIII, IX, X y XIX del Código Penal.

¿Qué procedimientos está realizando la seguridad nacional ante el blanqueo de capitales?

Ante la grave situación de blanqueamiento de capitales ocurrida en España, el gobierno ha optado por crear el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, conocido también como SEPBLAC. Lo anterior, se encarga de forma directa, de la vigilancia y control de los delitos de blanqueo de capitales.

Lo anterior mantiene en auditoria constante las entidades de crédito, las aseguradoras autorizadas en el ramo de la vida, las empresas con servicio de inversión, y muchos más entes destinados al manejo de grandes cantidades de dinero. ¿Quieres saber más? Comunícate con nosotros, Abogados Rubio Portero, y te ayudaremos.